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Las falsas noticias de la diputada Elizabeth Molina

La Asamblea Departamental, tiene entre otras, las siguientes funciones en lo normativo:

A. Reglamentar el ejercicio de las funciones y la prestación de los servicios a cargo del Departamento.
B. Elaborar, interpretar, reformar y derogar las Ordenanzas en los asuntos de su competencia.
C. Expedir las disposiciones relacionadas con la planeación, el desarrollo económico y social, el apoyo financiero y crediticio a los municipios, el turismo, el transporte, el ambiente, las obras públicas y las vías de comunicación y el desarrollo de sus zonas de frontera.
D. Adoptar de acuerdo con la ley, los planes y programas de desarrollo económico y social y los de obras públicas, con la determinación de las inversiones y medidas que se consideren necesarias para impulsar su ejecución y asegurar su cumplimiento. Estos serán coordinados e integrados con los planes y programas municipales, regionales y nacionales.
E. Decretar, de conformidad con la ley, los tributos y contribuciones necesarios para el cumplimiento de las funciones departamentales.
F. Expedir las normas orgánicas del presupuesto departamental y el presupuesto anual de rentas y gastos.
G. Con sujeción a los requisitos que señale la ley, crear y suprimir municipios, segregar y agregar territorios municipales, y organizar provincias.
H. Determinar la estructura de la Administración Departamental, las funciones de sus dependencias, las escalas de remuneración correspondientes a sus distintas categorías de empleo.
I. Crear los establecimientos públicos y las empresas industriales o comerciales del departamento y autorizar la formación de sociedades de economía mixta, a iniciativa exclusiva del Señor Gobernador.
J. Dictar normas de policía en todo aquello que no sea materia de disposición legal.
k. Autorizar al Gobernador del Departamento para celebrar contratos, negociar empréstitos, enajenar bienes y ejercer, pro témpore, precisas funciones de las que corresponden a las Asambleas Departamentales.
L. Regular, en concurrencia con los municipios, el deporte, la educación y la salud en los términos que determina la Ley.
M. Decretar inversiones, participaciones o cesiones de rentas y bienes departamentales, y crear servicios a cargo del Departamento o traspasarlos a él, a iniciativa del Gobernador.
N. Establecer y organizar los impuestos que se necesiten para atender a los gastos de la administración pública, con arreglo al sistema tributario nacional, pero sin gravar artículos que sean materia de impuestos de la nación, a menos que para hacerlo se les dé facultad expresa por la Ley.
O.Y las demás funciones que les asignen la Constitución y la Ley.

Por qué de tantas funciones y tareas que tiene la Asamblea del Magdalena, además de las agobiantes necesidades acumuladas en este Ente territorial durante siglos, la diputada Elizabeth Molina solo tiene la ingeniosa idea de:

1. Presentar un Proyecto a la Duma Departamental, dizque para salvaguardar la identidad e Imagen corporativa institucional que es una potestad única y exclusiva del gobernante. Por supuesto que este iluso y superficial proyecto no se convirtió en ordenanza.

2. Esta diputada recorre los Hospitales del Magdalena buscando, según ella, fallas y debilidades en la prestación y calidad del servicio. Hecho este, que por supuesto, es una situación que es origen de la clase politiquera y tradicional que ella representa y que hundió a los Hospitales en la más absoluta miseria económica que redunda por su puesto en una mala calidad del servicio.

En este afán de desprestigiar al actual gobierno, Molina habla con funcionarios y los persuade a decir lo que ella quiere.

Afortunadamente el Magdalena cuenta con el programa “Médico en Tu Casa”, que lidera el gobernador Caicedo, en su Plan de Desarrollo El Magdalena Renace, y que hoy, el mismo Presidente de la República Gustavo Petro, está incluyendo en su reforma a la salud, aún en contra de la clase politiquera dominante también del servicio de salud en Colombia.

Recordemos que El Médico en Tu Casa que lidera Caicedo, es tan eficiente que lleva los servicios a municipios, corregimientos, veredas, caseríos, cerros y montañas de esta región, en donde hay un magdalenense.

Pero además este gobierno tiene un ambicioso plan para construir nuevos y modernas sedes de hospitales. Proyecto al cual todo el tiempo se opuso Elizabeth Molina con su actitud negativa en la Asamblea.

Hoy el gobierno del Cambio en el Magdalena está a la espera de que el Ministerio de Salud de Colombia, de su aval, para iniciar las obras de infraestructura.

3. Molina ataca una y otra vez y vuelve a atacar al gobierno de Magdalena y Santa Marta con falsas noticias y falsos argumentos fuera totalmente del contexto de la realidad. Su falacia no tiene fin, es desmedido, desproporcionado y demencial, con una fuerte carga de odio que se le nota en el rostro.

Sabe que su estrategia ha fallado, no ha logrado ni logrará su propósito de desinformar al Magsalena y de crear una mala imagen de los gobiernos que lidera Fuerza Ciudadana.

Y es que no es para menos. Estamos en un año electoral y los meses de la credencial Como diputada de Elizabeth Molina, están contados porque no ha cumplido a su electorado por falta de burocracia politiquera y como diputada ha dejado mucho que desear.

4. Por último Elizabeth Molina ataca ahora a Cambio24, un medio de comunicación digital, amparado por el principio constitucional de informar y ser informado y que no permite falsas noticias y falsos postulados informativos de engaños a la comunidad. Irrespeta a Cambio24, irrespetar a sus periodistas e irrespeta al gobierno legal y constitucional del departamento del Magdalena.

Es una muestra clara y fehaciente de lo poco estratégica que es ella y los asesores de comunicación que tiene, que lo único que hacen es manejar un código de prensa, de ataque y desprestigio como única arma para tratar de evitar que el Magdalena siga cambiando y progresando, hecho este que desde luego e indudablemente es inevitable; porque vamos para adelante con fuerza y poder popular .

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