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El concurso de méritos que tiene en el limbo jurídico a la Alcaldía de Ciénaga

A pocos días de culminar el año 2022 y después de haber surtido todo un trámite en los despachos judiciales con demandas instauradas por quienes ostentan el mérito y quienes están en situación de provisionalidad; hoy ronda un limbo jurídico en la Alcaldía de Ciénaga por inconsistencias normativas en el marco de dar cumplimiento a una sentencia judicial.

Ciénaga, en calidad de municipio PDET y por la serie de demandas en contra del concurso, debió cumplir con la sentencia proferida por el juez segundo promiscuo de Ciénaga, la cual a la letra dice: ORDENAR a la ALCALDIA MUNICIPAL DE CIENAGA, MAGDALENA, que dentro del término perentorio de quince (15) días, contados a partir de la notificación de esta sentencia, proceda a publicar en legal forma el acto administrativo que actualice, modifique y compile el manual especifico de funciones y competencias de la planta central de la Alcaldía Municipal de Ciénaga, Magdalena, conforme lo acotado en la parte motiva de esta providencia.

En síntesis, y en aras de cumplir con lo ordenado por el juez de tutela, la entidad publicó en la página web un acto administrativo (Resolución No.2690 de 19 de diciembre de 2022) el cual indica que da inicio a una actuación administrativa con el fin de cumplir la sentencia proferida.

Al publicar este acto administrativo, los ganadores del concurso calificaron como una burla por parte de la administración, argumentando que no se expidió el decreto donde se compila el manual de funciones, en tono intimidante el día 20 de diciembre circuló en redes sociales el siguiente mensaje “Por el incumplimiento, negligencia inoperancia del debido proceso de concurso de PDT en 5 y 6 categoría, el bello alcalde de Ciénaga se hace el desatendido favoreciendo a cargos administrativos en situación de provisionalidad, pero la tiene difícil” incluso se fueron a las vías de hecho y bloquearon la vía férrea para llamar la atención de la primera autoridad.

Por su parte, la administración fijó en la Resolución No.2690 de 19 de diciembre de 2022, que durante los días 20 y 21 se estarían recibiendo observaciones al proyecto de anexo técnico que también había publicado el pasado 19 de diciembre, junto a una supuesta compilación del manual de funciones, lo extraño del caso, es que la entidad territorial anunció dar respuesta a las observaciones el día 22 de diciembre del 2023, en un término no mayor a 24 horas. Sin embargo, es paradójico tener la calenda ya establecida con los borradores de un “estudio técnico” que no ha realizado y que a leguas evidencia una copia y pega de actos administrativos anteriores e incluso sin vida jurídica.

Además, deja un limbo jurídico por utilizar en los proyectos referentes normas derogadas rayando con ello, en incurrir en la presunta comisión de conductas punibles como es la de falsedad ideológica en documento público, y faltas disciplinarias a las que se podría estar incurriendo con la actuación administrativa que ejecuta.

Otra ¡cereza para el pastel! Está relacionada con los derechos adquiridos por los funcionarios en provisionalidad, en la actualidad tienen unos derechos adquiridos; informa una fuente, que existe un considerable número de personas que están en situación de pre pensionados y otras con enfermedades catastróficas, de lo cual, a ningún funcionario se le ha definido en entrevista previa a un estudio técnico de su situación, esto significa que la entidad omite la elaboración de un estudio responsable y necesario obviando a todas luces todos los derechos fundamentales y laborales de estos funcionarios.

Se anexa: (Documento sin título-1) escrito de observaciones presentada por las organizaciones sindicales del municipio de ciénaga.

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