Colombia

Alivio tributario a contribuyentes samarios evitando efectos negativos del Covid-19 en las finanzas del gobierno y los samarios

Así lo determinó la alcaldesa de Santa Marta, Virna Jhonson para concederles a los contribuyentes samarios más facilidad y mejor forma de pago de los impuestos, de los impuestos de industria y comercio (ICA) y predial; este último culminaba el 31 de marzo del año en curso.

Considerando que muchos ciudadanos deben resguardase en sus casas e incluso trabajar en sus hogares, para contrarrestar efectos económicos negativos por causa del Covid-19; el gobierno distrital, necesita aplicar mecanismos que faciliten el pago de tributos, no afectar el recaudo y darles mecanismos de solución a los contribuyentes.

En materia de impuesto predial se ampliará la fecha de pago sin intereses, la cual pasa del 31 de julio al 31 de octubre.

Así mismo, se permitirá a los contribuyentes pagar el impuesto predial de la vigencia 2020 por cuotas, sin intereses moratorios hasta el 31 de diciembre, tomando en cuenta que para estos contribuyentes no habrá descuentos por pronto pago.

En Industria y Comercio (ICA), se modifica la fecha de presentación y pago señalada en el calendario tributario para los bimestres: enero – febrero, marzo – abril, al igual que Mayo -Junio.
Los contribuyentes deberán presentar y pagar sus declaraciones de auto-retención de industria y comercio del 7 al 21 de julio de acuerdo al último dígito del NIT; para ello deberán verificar el calendario tributario y su modificación.

De igual manera se modifica la fecha de presentación y pago del año gravable 2019, señalada en el calendario tributario para los contribuyentes del impuesto de industria y comercio del régimen simplificado, el cual pasará del 31 de marzo al 31 de julio.

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