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Más saboteo de la asamble: niegan trámite de urgencia de los proyectos prioritarios para el Magdalena.

Los diputados que hacen parte de la política tradicional hundieron esta posibilidad, pese a que con amparo legal el Gobernador Caicedo efectuó la solicitud para las sesiones extras.

La corporación también bloqueó la participación a los miembros del Gabinete Departamental, quienes hubieran podido recurrir la decisión.

La Asamblea del Magdalena le negó de forma inconstitucional al pueblo magdalenense y a la Gobernación, la posibilidad de hacer efectivo el trámite de urgencia con el que el Gobernador Carlos Caicedo buscaba que la Duma departamental agilizara la aprobación de los 8 proyectos de ordenanza que empezaron a radicarse con el inicio de las sesiones extras, radicadas por el mandatario a través del Decreto 238 del 5 de agosto de 2021.

Precisamente, la solicitud del Gobernador Caicedo de dar paso al trámite de urgencia también se encuentra redactado en el citado acto administrativo, en el que insta a la Asamblea a: “dar aplicación al Artículo 161 y 163 de su Reglamento Interno y en consecuencia proceda a dar trámite de urgencia a todos y cada uno de los proyectos señalados”.

Sin embargo, la respuesta de la mesa directiva y la mayoría de la Asamblea –conformada por diputados que representan a los clanes políticos del Departamento- fue “que los artículos 161 y 163 del Reglamento Interno de la corporación, fueron declarados nulos por parte del Tribunal Administrativo del Magdalena”, lo cual fue desmentido por la Oficina Jurídica de la Gobernación, con base a un oficio emitido el 5 de agosto por el mismo Tribunal.

“El Tribunal hace constar que se tramitó en primera instancia, el expediente a través del medio de control de nulidad simple donde obra como demandante Alex Velásquez Alzamora (Diputado que se declaró impedido por la ley para aprobar dicho trámite) en contra de la entidad pública Departamento Del Magdalena-, radicado bajo el No.47-001-2333-000-2018-00434-00; a cargo de la Magistrada María Victoria Quiñones Triana. Así mismo se evidencia que dicho expediente se encuentra en el H. Consejo de Estado, por el Recurso de Apelación interpuesto contra sentencia de fecha seis (6) de noviembre de 2019, proferida por este Tribunal”, aclara el oficio.

La Duma también omitió el artículo 7 de su reglamento interno, el cual dicta que “podrán intervenir ante la plenaria de la Asamblea: El Gobernador del Departamento y los Secretarios del Despacho”, entre otros, toda vez que esta corporación no le permitió el acceso al Jefe de la Oficina Jurídica de la Gobernación, José Humberto Torres, al igual que a otros miembros del Gabinete Departamental.

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