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Las imprecisiones de Johana Fuentes en la revista Cambio

La revista Cambio publico una columna de la periodista Johana Fuentes bajo el titulo “¡Cuidado con el mesías!”.

Por Rafael Martínez

Tratandose de tan importante medio y la evidente influencia de la columnista, que tambien obstenta el cargo subdirectora de W Radio Colombia, es necesario hacer algunas precisiones a su publicación ante el escaso rigor periodístico evidenciado en algunas de sus precisiones.

Aseveró Fuentes, con relación a la gestión de Carlos Caicedo como alcalde de Santa Marta, que “no pudo cumplir con promesas bandera como las megaobras para renovar el sistema hospitalario”. La afirmación es falsa, habida cuenta que precisamente gracias a la gestión de Caicedo el sistema de salud Distrital no solo superó el deficit fiscal en la que lo dejó su antecesor, sino que apuntaló y dejó cimentado el camino para la construcción, inauguración y puesta en funcionamiento de los centros de salud públicos más modernos de la historia de Santa Marta.

Afirmó que “las presuntas irregularidades en la contratación llegaron a tal punto que la Fiscalía los imputó por los delitos de celebración de contratos sin el cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación. Las obras en cuestión fueron cinco centros de salud demolidos en 2014 para ser remodelados. El ente de control encontró varias anomalías en ese proceso”. Pero desconoció la periodista dos máximas constitucionales que aunque no sean posiblemente de su agrado son necesariamente de obligatorio cumplimiento: la presunción de inocencia y el debido proceso.

Valga la pena ilustrar a la columnista que una imputación no es una condena. Y que dentro de ese proceso es determinante un hecho: ni Carlos Caicedo ni Rafael Martínez suscribieron contrato alguno y las dentro del proceso se han acreditado elementos suficientes de pruebas que rebaten las falsas denuncias y señalamientos sobre esos contratos en nuestra contra.

Señala en su columna acerca de Carlos Caicedo y Rafael Martínez que “también se investigaron las obras de la calle 22 y la Megabiblioteca”. Pero no advirtió igual que en el caso anterior ni Carlos Caicedo ni Rafael Martínez suscribieron esos contratos por ser de una entidad con autonomía presupuestal administrativa y financiera y que además la conclusión de la investigación de la calle 22 fue que no se halló ni un solo hecho repeochable ni mucho menos delictual en nuestra contra, razón por la cual se ordenó su archivo.

Una más de las 100 denuncias falsas en nuestra contra que ordenan archivar en desarrollo de la persecución de la que hemos sido objeto. Igual suerte corre sobre el contrato de las Megabibliotecas que hoy no sólo funcionan sino que es una de las tantas obras que enorgullecen a los habitantes de Santa Marta, en especial a los miles de estudiantes que se benefician de ella.

Decir que “Rafael Martínez fue suspendido por la Procuraduría por participación indebida en politica” y oculta la verdad qué hay detrás: por cuenta de una publicación engañosa de W Radio, que presentó como reciente un audio de dos años atrás. Ello indujo a la Procuraduría al error y tres meses después se comprobó lo erróneo de la publicación y fui restituido al cargo.

Insiste en afirmar que Carlos Caicedo y yo fuimos “capturados dentro del proceso que se adelantaba por las obras antes mencionadas”, haciendo referencia a las obras de los puestos de salud. Pero omite informar que revisadas estas órdenes de captura por los jueces de la República se halló que las medidas habían sido ilegales y violadoras de nuestros derechos, por lo que se ordenó su revocatoria.

Añadió, en un acto de desdeño, que todas las falsas acusaciones y medidas ilegales decretadas en nuestra contra fueron calificadas por Carlos Caicedo “como una persecución política de la Fiscalía por haber sido el único capaz de enfrentar a los corruptos del departamento”, hecho que en las últimas semanas han venido quedando en evidencia.

Reconocemos en favor de la columnista Johana Fuentes su derecho a la libre expresión y, tratándose de una columna de opinión, la Corte Constitucional ha sido reiterativa de las ilimitadas posibilidades de los autores a efectos de exponer sus ideas pero no por ello dejan de existir límites en lo que concierne a la veracidad de la informacióm sobre la que se soporte la opinión. Y ello en aras de garantizar dos derechos fundamentales que no pueden despreciarse: el derecho al buen nombre y la honra y el derecho de los lectores a ser verazmente informados.

Razones poderosas para corregir las imprecisiones de la columnista Johana Fuentes.

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