Santa Marta

Motociclistas tienen un día menos de pico y placa, pero sin parrillero

En el mes de septiembre la Alcaldía determinó que no se podrá llevar parrilleros el día jueves 12 de septiembre.

El alcalde Rafael Martínez aclaró en la mañana de hoy que la confusión causada en Santa Marta, generada por el Decreto 325 del 5 de septiembre de 2019 y luego de que la Secretaría de Movilidad se equivocara en su publicación, en la que se afirmaba que habría un día sin parrillero semanalmente, medida que según el Rafael Martínez, solo será una vez al mes.

Martínez manifestó que, “pensando en los samarios: de 8 días al mes de pico y placa pasamos a 7 + 1 de normal circulación, pero sin parrillero hombre y/o mujer. De esta forma ahora podrán sacar la moto un día más al mes, es decir, se quita un día de restricción.

La Alcaldía de Santa Marta, expidió el decreto número 325 del 05 de septiembre de 2019, por medio del cual se toman medidas para el ordenamiento del tránsito de vehículos tipo motocicletas, motociclos, mototriciclos, motocarros y cuatrimotos en esta ciudad.

De acuerdo al decreto que lleva la firma del alcalde Rafael Martínez y la secretaria de Movilidad Multimodal y Sostenible encargada Jazmin Sánchez Bozón, se actualiza la restricción para la circulación  y tránsito de motocicletas, motociclos, mototriciclos, motocarros y cuatrimotos, en el área urbana de la jurisdicción del Distrito de Santa Marta, según el último digito de la placa de cada vehículo (ver tabla).

Este nuevo decreto incluye una  medida de restricción para la circulación de todo tipo de acompañante o parrillero de motocicletas, motociclos, mototriciclos, motocarros y cuatrimotos que circulen en el área urbana de Santa Marta un día al mes en el horario comprendido entre las 7:00am y las 7:00pm, correspondiéndole al mes de septiembre del 2019 el día jueves 12.

Cabe destacar que los días que aplique esta restricción de acompañante o parrillero, se anula la medida de ‘Pico y Placa’ para los motocicletas, motociclos, mototriciclos, motocarros y cuatrimotos.

Restricción a los que no son propietarios

Dentro de las medidas que contempla este decreto, también se mantiene la restricción en la circulación y tránsito de motocicletas con conductores diferentes a los propietarios o poseedores. Asimismo, se restringe la circulación de estos vehículos en el horario nocturno, entre las 00:00 y las 4:00 horas.

De igual forma, la Administración distrital se permite recordarles a los propietarios, poseedores, conductores o tenedores que presten el servicio público de pasajeros o servicio no autorizado en vehículos tipo motocicletas, que serán sancionados conforme a las normas vigentes.

Cabe resaltar que la finalidad de la implementación de estas medidas restrictivas de tránsito y circulación, destinadas al uso de los vehículos tipo  motocicletas, motociclos, mototriciclos, motocarros y cuatrimotos, tanto para conductores como para acompañantes, es mejorar la movilidad, la seguridad vial y el ordenamiento del tránsito en el área urbana del Distrito de Santa Marta.

Este decreto rige a partir de su publicación con vigencia de un (01) año y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Lunes           1-2-3-4

Martes         5-6-7-8

Miércoles    9-0-1-2

Jueves         3-4-5-6

Viernes        7-8-9-0

Etiquetas

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Cerrar