Colombia

Empresas no pueden exigir pruebas de Covid-19 a sus empleados: Mintrabajo

Por: Jorge Soto Daza

Los empleadores del sector público y privado no podrán exigir pruebas de COVID-19 a sus trabajadores, ni establecerlas como requisito para la vinculación laboral de aspirantes. Así lo indica la circular 022 del 8 de marzo de 2021.

El mencionado documento también especifica que, “ningún trabajador puede ser despedido por dar positivo en pruebas de coronavirus. No puede considerarse una prueba o examen médico un requisito para contratar o mantener un empleo”, expresó el ministro de Trabajo, Ángel Custodio Cabrera.

La cartera también aclaró que, “si el empleador considera que por motivos de seguridad y salud, es necesario realizar estas pruebas, está en la obligación de cubrir los costos.

“Cuando la protección de la persona y de la comunidad laboral, así como las condiciones de seguridad y salud en el trabajo lo requieran, el empleador, bajo su responsabilidad y costo, podrá remitir al trabajador ante el personal idóneo para que sea efectuada la prueba SARS CoV-2 (COVID-19), sin que el resultado de esta pueda ser utilizado como causal para terminar la relación laboral”, indica la circular del ministerio.

En esa línea, la cartera también recordó que el artículo 348 del Código Sustantivo del Trabajo (CST) establece que “todo empleador se encuentra obligado, a través del personal idóneo, a practicar los exámenes médicos y tomar todas las medidas necesarias para la protección de la vida y la salud de sus trabajadores”.

El Gobierno pidió a las empresas desplegar acciones y establecer protocolos de bioseguridad para proteger la salud de sus trabajadores. También reiteró que deben proteger el derecho a la intimidad y privacidad de sus empleados en materia de salud

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