Colombia

Ampliación de periodo del presidente de Colombia, se puede constituir en un golpe de Estado a la democracia Nacional

La radicación del acto legislativo que está siendo promovido por 25 congresistas para ampliar el periodo del presidente Iván Duque Márquez, sigue levantando ampollas en el ámbito político, social y económico del país. Las críticas y rechazo no se han hecho esperar y se tejen varios comentarios y variables alrededor de este tema.

El primero de ellos es que se está utilizando como pretexto en esta iniciativa de ampliar también el periodo del procurador, el fiscal, el Defensor del Pueblo, el registrador y los legisladores. También quieren igualar el periodo de alcaldes y gobernadores, con reelección inmediata.

Este sofisma está encaminado a complacer a todos en las diferentes ramas del poder, para encontrar menos obstáculos y que todos estén contentos. A esto se le suma la gran mentira del Presidente Duque Márquez y del Centro Democrático al igual que a la vicepresidenta Marta Lucia Ramírez, que tendría dos años más para pelechar del poder y quienes han dicho estar distantes a este acto legislativo y mantenerse aislados de esta decisión.

Para nadie es un secreto que el proyecto que fue presentado por 25 legisladores tiene como autor intelectual a Álvaro Uribe Vélez y sus amigos del C.D.

Es bueno que el elector primario a quien le quieren vulnerar su derecho de elegir al Presidente de la República de Colombia por un periodo legal y constitucional de cuatro años, tengan en cuenta los nombres de -Juan Carlos Rivera (Conservador; Buenaventura León (Conservador); Luis Fernando Gómez Betancourt (Centro Democrático); Nidia Marcela Osorio (Conservador); Félix Chica (Conservador); Alonso del rio (Partido de la U); Mónica Valencia (Partido de la U); Felipe Muñoz (Conservador); Juan Diego Echavarría (Liberal); Hernán Estupiñán (Liberal); Teresa Enríquez Rosero (Partido de la U); Carlos Julio Bonilla (Liberal); Milene Jarava Díaz (Partido de la U); Armando Zabaraín (Conservador); José Eliecer Salazar (Partido de la U); Camilo Arango (Cambio Radical); Liliana Benavides (Conservador); José Gabriel Amar (Conservador); Modesto Aguilera (Cambio Radical); Franklin del Cristo Lozano (Opción Ciudadana); Salim Villamil Quessep (Cambio Radical); Astrid Sánchez Montes de Oca (Partido de la U).

Sobre la elección del Presidente de Colombia, la Constitución contempla:

Artículo 190: El Presidente de la República será elegido para un período de cuatro años, por la mitad más uno de los votos que, de manera secreta y directa, depositen los ciudadanos en la fecha y con las formalidades que determine la ley.
Es el elector quien tiene esta decisión y no el congreso de Colombia por la vía directa.

Para cambiar la decisión del periodo presidencial se debe acudir a un acto legislativo que es una norma expedida por el Congreso cuyo objetivo es reformar, adicionar o derogar un artículo o parte de él en la Constitución Política de Colombia, mientras que una ley reglamenta o desarrolla la Constitución Política o derogar o modificar otra ley.

En todo caso, de adoptarse una decisión contraria a lo que dictan la constitución y la ley de Colombia, se estaría dando un golpe de Estado a la democracia Nacional.

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